1er Periodo de vacunación Antiaftosa 2017

A - El período comienza el 06 de marzo hasta el 05 de Mayo de 2017.
B - El pago  de la vacuna será estrictamente al contado y en momento de la programación, sin excepción.
C- En esta campaña se vacunarán todas las categorías menores. Todo menos vaca y toro.
D - No serán autorizadas vacunaciones parciales, a partir del inicio de la campaña, con destino a venta directa, remates, ferias, o traslados.
E - La mecánica operativa será similar a la implementada en períodos anteriores. Para poder programar NO deberá registrar deudas en la fundación. Se efectuara la vacunación luego ABONADA la misma.
F - Aquellos productores que vacunen, finalizado el período estipulado, serán pasibles de las sanciones dispuestas por las normas vigentes del SENASA.

SENASA INFORMA, VACUNACION DE BRUCELOSIS

A - Se vacunara en forma simultánea con aftosa a las terneras entre 3 y 9 meses.
B - La vacuna a utilizar deberá ser provista por los veterinarios privados del partido y será adquirida EN FORMA PREVIA A LA VACUNACION.
C - La vacunación la podrá realizar, el responsable de la hacienda, el veterinario particular o el vacunador, simultáneamente con la vacunación de aftosa.

Obligaciones del Ganadero:

Respetar el día y la hora de vacunación preacordada con el Ente.
Tener las instalaciones (manga, bretes y corrales) en buenas condiciones para realizar el trabajo.
Contar con personal de apoyo para tareas de encierre y manga durante la vacunación.
Tener los animales encerrados el día pactado con dos horas, como mínimo, de anticipación.
Contar correctamente las distintas categorías de animales (entre el productor y vacunador) para luego asentar esa información  en el Certificado que avala dicho acto; en este punto sugerimos y pedimos al responsable del rodeo a vacunar,  la mayor seriedad posible ya que estos Certificados no se podrán modificar más debido a que los programas informáticos actuales de SENASA  son muy rígidos.
Evitar otras actividades, como realizar la yerra y la aplicación de productos veterinarios no sugeridos por el ente sanitario.

FUNDACIÓN DE GENERAL PAZ       
TEL/FAX: 02241 - 481736
fundaciongralpaz@hotmail.com

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