Comunicado de prensa. En el dĆa de ayer Personal del
Comando de Prevención Rural General Paz dando cumplimiento a orden de servicio
vigente, en momentos que realizaban recorrida en Ruta 29, observan la marcha de
un vehĆculo marca Renault modelo 12, en el cual circulaban tres personas de
sexo masculino. Se les solicitan que detengan su marcha procediendo a la
identificación de los mismos, notÔndolos nerviosos motivo por el cual se les
requieren que exhiban sus pertenencias como asà también que procedan a la apertura
del baĆŗl del rodado, observando que dentro del mismo se hallaban tres perros de
raza GALGO, no hallando piezas de caza. Que ante ello se cursan datos de los
identificados al Centro de Despachos San Vicente, donde informan que el
ciudadano LOMBARDI MARCOS HECTOR, con domicilio en la localidad de Ensenada, posee
un pedido de captura activa en el marco de Infracción Articulo 61 Decreto ley
8031/73 a cargo del Juzgado Correccional Nro. 01 de Merlo. Motivo por el cual
se procede a la detención del mismo. Mantenida comunicación con el Juzgado
interviniente dispuso se lo notifique del comparendo a primer audiencia y que
recupere su libertad en caso de no poseer mƔs impedimentos legales.
En el dĆa de ayer Personal del Comando de
Prevención Rural de General Paz
cumpliendo con órdenes de servicio, se encontraban realizando recorrida de la
jurisdicción mĆ”s precisamente en camino rural conocido como “La CaĆda del agua”
cuartel 2do. Observan sobre la banquina un vehĆculo FIAT DUNA, el cual se hallaba sin ocupantes,
notando que dentro del campo “El Repartido”, habĆa cuatro masculinos a quienes
se los identificó como HERRERA DIEGO, BURGOS ALEJANDRO MIGUEL, BURGOS JONATAN
ANDRES y CAPPI DARIO EZEQUIEL, todos ellos mayores de edad oriundos de la
localidad de Chascomus. Los mencionados no pudieron justificar su presencia en
el lugar, como asĆ tampoco poseĆan permiso para ingresar al campo de mención, teniendo
perros raza galgos no poseyendo piezas de caza al momento, se procede a la
aprehensión de los mismos por infracción al artĆculo 61 del Decreto Ley 8031/73
con intervención del Juzgado de Paz Letrado de Ranchos. Realizadas las
diligencias de rigor recuperan su libertad a tenor del art 119 del Código de
Faltas.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario